Por: Eymi Díaz
Abogada egresada de la Universidad Nacional Autónoma de Honduras con Maestría en Gobernanza Democrática y Estado de Derecho en Ohio Northern University
Desde décadas pasadas, se ha observado que en nuestro país se han venido entregando poco a poco partes vitales de nuestro territorio nacional por parte de gobernantes inescrupulosos en respuesta a intereses exógenos y mezquinos, mancillando de esta manera la soberanía de nuestra nación la cual es de carácter inalienable, y que ha sido violentada debido a la imposición política sobre el poder soberano que constitucionalmente reside en el pueblo. Tal es el caso que actualmente se están implementando las Zonas de Empleo y Desarrollo Económico (ZEDE), “creadas en el año 2013 mediante Decreto Legislativo 120-2013 aprobado por el Congreso de la República, las cuales son autónomas y cuentan con personalidad jurídica, es decir que pueden establecer sus propias normativas.[i]
Las Zonas de Empleo y Desarrollo Económico se rigen por una legislación especial en la cual la ley hondureña solo puede tener una injerencia parcial, de acuerdo a lo estipulado en el inciso 1 y 2 del artículo 8 de dicha ley orgánica que expresa lo siguiente “La jerarquía normativa aplicable en las Zonas de Empleo y Desarrollo Económico (ZEDE) será la siguiente: 1. La Constitución de la República en lo que le sea aplicable; 2. Los Tratados Internacionales celebrados por el Estado de Honduras en lo que sean aplicables”[ii], esto quiere decir que no serán aplicables en su totalidad. Lo anterior expresa una clara violación a nuestra soberanía nacional, ya que el Gobierno de Honduras cede potestades a entes extranjeros que originariamente corresponden a los tres poderes del Estado los cuales tienen su origen en el pueblo hondureño y en particular al Poder Judicial a quien se le quita autoridad de juzgar y ejecutar lo juzgado.
La implementación de las ZEDE, en el territorio hondureño, se traduce como la introducción de un Estado sobre otro Estado, cuya resultante es la entrega parcial de nuestra soberanía a personas extranjeras y de nuestro país, organizados con fines de lucro en detrimento de los más sagrados derechos e intereses de la ciudadanía hondureña estipulados en la Constitución de la República de Honduras. Prueba de ello es la creación de la Ley Orgánica que rige dichas Zonas de Empleo y Desarrollo económico traducidas como “Ciudades Modelo”, por parte del Congreso Nacional de Honduras en contubernio con el Poder Ejecutivo, en la cual varios de sus artículos contravienen lo dispuesto en distintos artículos de la Carta Magna siendo violentada como ley primaria de nuestro país. Dentro de estos artículos es de especial relevancia el número 2 Constitucional que se refiere a la soberanía como una competencia que corresponde exclusivamente al pueblo hondureño, la cual no puede ser suplantada por considerarse como un delito de traición a la patria.[iii] El artículo 19 Constitucional, habla acerca de la prohibición de otorgar concesiones que lesionen la integridad territorial, la soberanía y la independencia de la República lo cual también esta estipulado como delito de traición a la patria; iv] el artículo 106 Constitucional, habla acerca de la privación a la propiedad en casos de UTILIDAD PÚBLICA (construcción de proyectos de infraestructura que requiere el Estado para beneficio de la nación).[v]
Las consecuencias de las implementaciones de las ZEDE ha causado situaciones adversas a la nación, un ejemplo de ello han sido las claras violaciones que está sufriendo la ciudadanía hondureña que reside en una parte geográfica de la Isla de Roatán, a quienes se les ha privado del Derecho a la Propiedad, debido a las expropiaciones de lo cual han sido objeto por inversionistas del extranjero, lo cual conlleva serias repercusiones económicas y sociales que paulatinamente afectarán al resto de la población hondureña.
La puesta en marcha de las ZEDE, trae consigo el debilitamiento de la institucionalidad del Estado, la economía nacional, problemas sociales y políticos muy marcados, ya que la explotación de los recursos naturales y humanos en dichas zonas por parte de los inversionistas nacionales y extranjeros generará beneficios soló a estos grupos, los cuales estarán exentos de pagar impuestos al Estado hondureño orientándolo a su propio sistema tributario favoreciendo así el desarrollo económico de estas, limitando la economía y desarrollo del resto del territorio nacional por la pérdida de fuentes de ingreso por concepto de impuestos. Como resultado de lo anterior, se agudizara la emigración de la fuerza laboral hondureña hacia el extranjero, causando la disgregación familiar y de la sociedad con un aumento de la criminalidad por no existir condiciones que permitan mejorar la calidad de vida de los hondureños y hondureñas, ya que no existe solidez jurídica y constitucional para garantizar que no se cometan arbitrariedades que afecten a nuestra sociedad.
Si bien es cierto que el proyecto de las ZEDE ha tenido buenos resultados en ciudades como HONG KONG, SHENZHEN, SINGAPUR y otras, esto no implica que dichos proyectos de Ciudades Modelos serán funcionales en nuestro país, debido a las condiciones económicas, social- cultural y políticos que predominan en nuestro país. Para establecer un modelo económico de este tipo en Honduras es recomendable consolidar las instituciones gubernamentales y privadas a fin de fortalecer y promover un verdadero Estado de Derecho, en donde se garanticen los deberes y derechos de los ciudadanos nacionales y extranjeros en el cumplimiento de lo estipulado en las leyes hondureñas y los Tratados Internacionales de los que Honduras forma parte, impulsando de esta manera el adecuado desarrollo económico, social y político que debe imperar en nuestra nación sin que su soberanía se vea limitada por intereses de un Sistema Neocolonial.
Referencias
[i] Ley Orgánica de las Zonas de Empleo y Desarrollo Económico (ZEDE), Capitulo 1 Principios
Generales, Artículo 1
[ii] Ley Orgánica de las Zonas de Empleo y Desarrollo Económico (ZEDE), Capitulo 1 Principios
Generales, Artículo 8
[iii] Constitución de la República de Honduras, Título I del Estado, Capítulo I de la Organización
del Estado, Artículo 2
[iv] Constitución de la República de Honduras, Título I del Estado, Capítulo III de Los Tratados,
Artículo 19
[v] Constitución de la República de Honduras, Título III del Estado, Capítulo II de Los Derechos
Individuales, Artículo 106
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